Francisco Javier Almeida, condenado a Prisión Permanente Revisable por la violación y asesinato del pequeño Álex en Lardero en octubre de 2021, va quemando todas las vías legales posibles para abandonar su permanencia penitenciaria. Recientemente solicitó un examen médico con el objetivo de analizar un posible enfermedad terminal que ha sido descartada por los facultativos y, por tanto, se descarta igualmente su excarcelación. Almeida se hubiera agarrado así al artículo 104.4 del Reglamento Penitenciario que establece que «los penados enfermos muy graves con padecimientos incurables, según informe médico» podrán acogerse a este régimen «por razones humanitarias y de dignidad personal».
Es más, según ha podido saber El Día de La Rioja, el pederasta y asesino deberá someterse a una intervención quirúrgica pero no padece una enfermedad incurable. Dicho de otra forma, permanecerá en prisión.
Uno de los antecedentes más conocidos en este sentido propició la salida de la cárcel del etarra Antonio Troitiño Arranza en 2021 con una condena de 2.700 años por 22 asesinatos por «razones humanitarias» ante una enfermedad incurable. Troitiño participó, entre otros, en el atentado de 1986 en la madrileña plaza de la República Dominicana y que costó la vida a doce guardia civiles. Las investigaciones apuntaron en su día que la mano de este etarra fue la que hizo accionar el mortal explosivo.
Recurso ante el Supremo. Con todo, el proceso judicial que inició la Audiencia Provincial con Tribunal de Jurado se encuentra a poco más de mes y medio de llegar a su fin. El Tribunal Supremo resolverá a principios del próximo mes de marzo el recurso presentado por su defensa legal de la condena a Prisión Permanente Revisable. Y previsiblemente, el Tribunal votará en contra del recurso.
Su pondrá el punto y final a un caso que estremeció a la sociedad española y a lo largo del cual, el que fue tildado de 'monstruo de Lardero' se ha agarrado a diferentes clavos ardiendo para reducir su pena e incluso obtener la excarcelación por enfermedad incurable.
Recurrió en primer lugar la condena impuesta por la Audiencia Provincial ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja (TSJR). La defensa legal alegó en la vista celebrada en julio de 2023 que se había considerado la alevosía de forma indebida y solicitó la aplicación del principio de in dubio pro reo, es decir, en caso de duda, decidir a favor del reo. De la misma forma, la defensa legal solicitó ante el presidente del Tribunal Superior de Justicia la aplicación de los atenuantes de reparación del daño y de confesión ya que según expuso el letrado de la defensa, la sentencia no tuvo en cuenta. Insistió en que Almeida salió con el menor en brazo en busca de ayuda y «quería reparar el daño y que no era un asesino».
El TSJR desestimó el recurso y mantuvo todos los cargos así como la condena, la segunda Prisión Permanente Revisable que se pone en el ámbito de la Comunidad autónoma de La Rioja.