El fiscal pide una pena conjunta de 5 años y 6 meses de cárcel para la presunta autora de sendos delitos continuados de apropiación indebida y estafa, sobre la que también pide aplicar la atenuante analógica de anomalía o alteración psíquica. Este juicio, planteado para conformidad por las partes, está señalado para este lunes en la Audiencia Provincial de La Rioja, informa Efe.
Según relata el fiscal en su escrito de acusación, la imputada, de nacionalidad pakistaní y sin antecedentes penales, fue contratada en junio de 2013 para una sucursal, en Logroño, de la compañía de viajes Huma Travel, S.L.
En el ejercicio de esa actividad, esencialmente durante 2016 hasta marzo de 2017, la acusada, desde su puesto en la agencia de viajes, y con la intención de procurarse un beneficio que no le correspondía, se apoderó de importantes cantidades de dinero.
Entre los medios empleados, una cantidad provenía de los pagos que los clientes entregaban para la adquisición de billetes de transporte, generalmente billetes de avión.
La acusada, bien se quedaba directamente el dinero en efectivo que le entregaban, o bien los clientes se lo ingresaban directamente en su cuenta corriente particular, desde donde disponía para sí, a veces utilizando otras cuentas de ella, o incluso de otros familiares.
En ambos casos, la acusada no destinaba el dinero a la adquisición del billete.
También hizo suyas cantidades de dinero que estaban en la caja del establecimiento, provenientes de pagos de clientes a los que sí se les entregó el paquete turístico o billete pagado, quedándose la acusada con el dinero, sin ingresarlo o entregarlo a la empresa para la que trabajaba.
En estos dos conceptos –dinero que ha tenido que abonar a los clientes perjudicados y dinero que ha soportado el perjuicio por no ingresarse en la caja/cuenta - la compañía de viajes reclama 46.220 euros.
Además, otros clientes, reclaman a la agencia por valor de unos 7.070 euros, aunque esta mercantil no los ha indemnizado por entender que no hay datos suficientes.
Según la Policía Nacional, la relación de personas actualmente conocidas que fueron perjudicadas por la acusada -sin perjuicio de que existan otras no conocidas, o con las que no ha podido contactarse - entregaron entre 150 y 3.870 euros.
Consta además una denuncia, formulada a través de la Ertzaintza, donde reclama los 560 euros que entregó.
Al margen de ello, la citada agencia de viajes es la perjudicada principal al haber indemnizado a muchas personas, entre ellas, las que entregaron las cantidades anteriormente citadas, y haber soportado, además, el perjuicio del dinero sustraído de su caja.
Este dinero provenía de clientes que pagaron sus servicios y a los que sí se les expidieron los billetes y paquetes adquiridos.
En esta línea, en las tres cuentas de la acusada hay unos ingresos en el período entre octubre de 2016 y abril de 2017 de 90.890 euros, sin contar ingresos por nómina, que esencialmente provienen de las cantidades sustraídas.
De manera más puntual, pero en la misma época y bajo el mismo ánimo ilícito fraudulento, la acusada intentó otras operaciones para tratar de emprender negocios mercantiles – absolutamente falsos e inexistentes y logró que se le transfirieran unos 21.000 euros.
A comienzos de marzo de 2017, la acusada fue sometida a tratamiento ansiolítico por problemas derivados de estrés laboral y problemas personales, que venía arrastrando desde tiempo atrás.
Estas situaciones le habían llevado al juego y a la inversión en bolsa on line como modo de evasión de sus problemas hasta alcanzar un grado de adicción moderado, en el que llegó a invertir 61.000 euros.
El 20 de marzo de 2017 precisó de ingreso psiquiátrico durante 20 días por episodio psicótico agudo, ingreso que se repitió el 5 de julio siguiente por episodio depresivo postpsicótico.
Dada la complejidad y dificultades para la determinación de los perjudicados y del perjuicio sufrido, pueden existir personas o entidades omitidas en la investigación de los hechos.
Los hechos constituyen delitos de apropiación indebida y estafa, de los que el fiscal acusa a la imputada, sobre la que también concurre la circunstancia atenuante analógica de anomalía o alteración psíquica.
Por el delito continuado de apropiación indebida, pide 3 años y 6 meses y multa de unos 2.200 euros, y por el delito continuado de estafa, solicita 2 años de cárcel.
Además, pide que indemnice a la empresa que la contrató en la cantidad que se fije en el juicio oral o ejecución de sentencia por el perjuicio sufrido por los pagos indemnizatorios realizados a clientes, así como por el dinero sustraído de la caja y cuenta del establecimiento.
A los clientes perjudicados que puedan determinarse en la ejecución de la sentencia, si no hubieran sido ya indemnizados por esta agencia de viajes, pide las correspondientes indemnizaciones.