El Consejo de Gobierno ha autorizado destinar un gasto de 650.000 euros para prorrogar durante un año el convenio suscrito el pasado 4 de noviembre de 2022, entre el Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Salud, y el Ayuntamiento de Logroño, para la prestación del servicio contra incendios y salvamentos fuera del término municipal de Logroño.
Se trata de la primera de las dos prórrogas, de un año cada una, que permite la cláusula décima de este convenio, que fue suscrito para los ejercicios del 2022 y 2023. Con esta prórroga acordada por el Consejo de Gobierno, la vigencia de este convenio se extenderá desde el próximo 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2024. El importe asciende en 25.000 euros con respecto a lo acordado en 2022.
La prestación de este servicio se llevará a cabo por el Parque Municipal de Extinción de Incendios y Salvamento del Ayuntamiento de Logroño y bajo la dirección técnica conjunta y la coordinación operativa del Ayuntamiento de Logroño. Las actuaciones previstas en este convenio comprenden un total de 45 localidades riojanas de los valles del Iregua, Leza y Jubera.
Concretamente, el radio de acción de este acuerdo incluye los siguientes municipios: Agoncillo, Ajamil (excepto núcleo de Larriba), Albelda de lregua, Alberite, Almarza de Cameros, Arrúbal, Brieva de Cameros, Cabezón de Cameros, Clavijo, Entrena, Fuenmayor, Gallinero en Cameros, Hornillos de Cameros, Jalón de Cameros, Laguna de Cameros, Lagunilla de Jubera, Lardero, Leza de Río Leza, Lumbreras, Medrano, Murillo de Río Leza, Muro de Cameros, Nalda, Navarrete, Nestares, Nieva de Cameros y Ortigosa.
También Pinillos, Pradillo, Rabanera, El Rasillo, Ribafrecha, Robres del Castillo, San Román de Cameros, Santa Engracia de Jubera, Sojuela, Sorzano, Soto en Cameros, Terroba, Torrecilla en Cameros, Torre en Cameros, Viguera, Villamediana de lregua, Villanueva de Cameros y Villoslada de Cameros.
La atención del parque de bomberos de Logroño en el área geográfica anteriormente citada es posible considerando que el Artículo 37 de la Ley 2/2015, de 23 de marzo, del Estatuto de capitalidad de la ciudad de Logroño, establece que "El parque de extinción de incendios y salvamento del Ayuntamiento de Logroño podrá realizar labores de extinción, salvamento de personas y bienes, información y formación externa en un área geográfica comarcal o supramunicipal, de conformidad a lo establecido en el correspondiente instrumento de colaboración suscrito entre ambas administraciones bajo los principios de cooperación, eficiencia y sostenibilidad económica de las Administraciones Públicas".