«No cambia nada. Y los camiones no pueden circular por la N-232». Así de contundente se muestra la jefa de Tráfico en La Rioja de la Dirección General de Tráfico (DGT), Beatriz Zúñiga, para hacer referencia a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que daba la razón y estimó el recurso interpuesto por la empresa de transporte riojana Grupo Logístico Arnedo contra la obligación de desviar el tráfico de vehículos pesados de la carretera nacional N-232 a la autopista de peaje AP-68. Pero, esta sentencia se refería al decreto de 2017, y ahora no está en vigor, sino que está en vigor uno nuevo de 2020. Por lo que los camiones no pueden circular por la N-232, a no ser que un tribunal le de la razón ahora sobre la restricción de 2020. (La empresa sí que ha recurrido también las restricciones de 2018, 2019 y 2020), pero el tribunal ha decidido ahora sobre la de 2017.
Y es que, una semana después, parece que a algunos conductores no le ha quedado claro la sentencia y su significado, porque como ha podido comprobar El Día de La Rioja, hay más presencia de camiones en la nacional 232, al menos a entre las ocho y media y las nueve y media de la mañana, y entre las cuatro y las cinco entre el Villar de Arnedo y Logroño.
Y como explica Zúñiga todo el camión que hoy circule por la nacional 232 en suelo riojano que pase de cuatro ejes puede ser sancionado por la guardia civil de Tráfico, de la misma forma que podía ser sancionado hace una semana.
De hecho, hay un nuevo Real Decreto con un nuevo convenio que se creó en 2020 entre Gobierno del Estado, Gobierno de La Rioja y la concesionaria de la autopista por el que los camiones solo pagan el 25% del precio del peaje de la autopista. Después de que esta empresa recurriera al Tribunal Supremo el convenio firmado por el Gobierno central, el Ejecutivo riojano y la DGT para desviar el tráfico pesado de la N-232 a la AP-68 de manera obligatoria. Y le dieron la razón. Pero ahora está en vigor otro convenio nuevo que de momento no ha anulado ningún tribunal.
Mantener la prohibición. Zúñiga reitera que el ámbito de la resolución es anual, y la restricción de 2020 está en vigor. «Ahora no se puede prohibir no circular en 2017». En cualquier caso, desde la DGTestán convencidos de que quieren mantener la prohibición de que los camiones pesados no circulen por la nacional. Y para 2021 intentarán volver a hacer la misma restricción. La jefa de Tráfico justifica esta decisión en que cuentan con estudios documentados que indican claramente que la siniestralidad en la N-232 ha bajado desde que comenzaron estas restricciones, y en especial en accidentes en los que los camiones estaban implicados. Pero no solo se ha reducido la siniestralidad en cuento a los accidentes mortales, sino también en accidentes con heridos graves o leves. Además, Zúñiga quiere dejar claro que la siniestralidad no se ha trasladado a la autopista como algunos contrarios a esta norma decían, «no hay más siniestralidad en la autopista desde que ha entrado en vigor esta normativa ni desde que soportan más camiones». Así que «por seguridad vial y seguiremos manteniendo estas restricciones».
Desde la Delegación del Gobierno en La Rioja han insistido también en que los camiones deben circular por la autopista por la seguridad de todos, «y ahora hay otras normas que así lo establecen y que no se ven afectadas por la sentencia».
«LO QUE QUEREMOS ES MÁS FLEXIBILIZACIÓN»
La resolución establecía medidas especiales de regulación del trafico durante 2017. Y el TSJM ha anulado esa resolución por considerar que «no es conforme a derecho». según explicaron desde la Confederación de Empresas de Transporte de Mercancías (CETM), asociación cuyo presidente es el dueño de la empresa del Grupo Logístico Arnedo. Los transportistas defienden por su parte que no existe una situación excepcional de incremento de la siniestralidad en el citado tramo de la N-232 que justifique la obligada derivación de los vehículos pesados a la autopista de peaje.
El gerente de Grupo Arnedo, Jacier Arnedo, explica a El Día de La Rioja que «es la tercera vez que la justicia nos da la razón, primero fue el Tribunal Supremo que declaraba nulo el convenio por el que se articulaba el desvío de convenio y entraba en el fondo de la cuestión. El segundo el TSJM dio la razón al Comité Nacional de Transporte de Carretera, anulando la resolución de la DGT de 2017, lo mismo que la de ahora. Este fallo judicial anula la resolución de 2017, y esperemos que anule las posteriores, porque no dan ningún otro motivo para imponer esa restrinción. En realidad, no queremos que los camiones vuelvan a la N-232, pero sí que se flexibilice la medida como venimos pidiendo desde 2017, permitiendo que el camión pueda abandonar la autopista en la salida más cercana a su destino según el sentido de la marcha, evitando el aumento de kilómetros, perdidas de tiempo, en definitiva costes para nuestras empresa».