Rafael Torres

FIRMA SINDICADA

Rafael Torres

Periodista y escritor


Legítima defensa

01/08/2024

Puede que los ayunos de conocimientos legales no alcancen a saber con exactitud en qué consiste, desde el punto de vista jurídico, la legítima defensa, pero nadie ignora que, desde el punto de vista vital, defenderse es siempre legítimo, y más si cabe cuando la defensa actúa contra un doble agravio. Se dice que la querella por prevaricación presentada contra el juez que instruye la causa contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno de España, no tiene recorrido judicial, pero ¿y el caso que instruye con tanta excentricidad y tanto celo el titular del juzgado 41, edificado sobre los recortes de prensa, los bulos y las vaguedades aportadas por organizaciones de ultraderecha a las que mueve una tan nítida como desatentada animosidad política contra el Gobierno y su presidente? ¿Qué recorrido judicial tiene?

Esa querella por prevaricación, presentada tras consumarse la vulneración del derecho del presidente a testificar por escrito, y tras el aquelarre vivido a las puertas del palacio presidencial por quienes deben suponer que las diligencias de un juez pueden anular o torcer la voluntad de los españoles expresada en las urnas, no sólo parte del ciudadano Pedro Sánchez Castejón, forzado a recibir innecesariamente en su casa a una comitiva judicial, pues prima el derecho a no declarar por si ello pudiera perjudicar al cónyuge investigado, sino también del tal ciudadano en su calidad de presidente del poder ejecutivo, que interpreta esa visita como intromisión inaceptable del judicial en la sede de la Presidencia del gobierno, a la que, por ser junto al Parlamento la institución del Estado que deriva más directamente de la soberanía popular, se le debe el máximo respeto.

El ciudadano Pedro Sánchez tiene todo el derecho del mundo a defenderse, y el presidente Pedro Sánchez también, y en éste caso porque su obligación constitucional es defender la institución que representa. El recorrido judicial de su querella, articulada, como es natural, por la Abogacía del Estado, será el que haya de ser, aunque demasiado raro sería que lo tuviera más corto que el de la causa que a la mayoría, incluidos juristas, magistrados y catedráticos de Derecho, se le antoja, como mínimo, disparatada. Es una querella por prevaricación, pero es, sobre todo, un acto de legítima defensa.