Afortunadamente, es prácticamente inusual, al menos entre los casos que aborda la Justicia riojana, que alguien, movido por la satisfacción de sus deseos más íntimos, ofrezca directamente y sin mediar conversación alguna, dinero a otra persona, y menos, si se trata de un o una menor de edad, a cambio de favores sexuales. Pero una vez más, una sentencia emitida a mediados del pasado ejercicio, deja constancia de que, lejos de tocar fondo, la estupidez humana mantiene su ritmo. Los hechos, juzgados en 2024, se remontan a abril de 2022 en un municipio riojano que se omite con el fin de preservar la identidad de la víctima.. El procesado se encontraba en una acera cuando se percató de que una menor de edad salía de un portal y se introducían en otro próximo. Al comprobar el hombre que la puerta se cerraba con lentitud, se abalanzó sobre la misma para acceder al interior del portal donde la joven esperaba al ascensor.
Una vez dentro, y con un billete de veinte euros en la mano y «habiendo bajado la cremallera de sus pantalones, expuso completamente su pene», tal y como recoge el fallo judicial. Un momento en el que se dirigió a la víctima que permanecía de espaldas diciendo «perdona, perdona». La menor hizo caso omiso hasta que el acusado insistió: «»Te doy estos veinte euros, ¿te interesa esto?» señalando sus partes íntimas. La joven le insta a que repita lo que acaba de decir y el ahora condenado responde: «te doy estos veinte euros» a cambio de una felación. La joven declaró que no se introdujo en el ascensor ni huyó por las escaleras ante el temor a que le siguiera. Sacó su teléfono y le amenazó con llamar a la policía. La reacción de la víctima provocó que el acusado abandonara el portal. Subió a su casa y trasladó lo sucedido a su madre.
Reparación del daño. Los hechos, tal y como consta en el fallo judicial, son constitutivos de un delito de prostitución d emenores por los que le imponen 18 medses de prisión valorando la atenuante de reparación del daño. Ahora bien, se le concede también el beneficio de la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad por un plazo de tres años condicionada a la no comisión de hechos delictivos durante este plazo.
El condenado debe seguir también un programa de educación sexual en base a los criterios fijados por el Servicio de Gestión de Penas y el cumplimiento de alejamiento y de la prohibición de comunicación con la víctima.