La imprudencia puede acechar a muchos, y muchas, y más en los días previos al inicio de la Navidad cuando se suceden las comidas, cenas o vermús de empresa. Una situación así sufrió en carne propia un inspector de la Jefatura Superior de Policía, al que, por decisión judicial, se le ha retirado el permiso de conducir durante un año y se le condena al pago de una multa superior a los mil euros por un pequeño siniestro al volante y una tasa de alcoholemia de 0,96 cuando el máximo permitido es de 0,25.
El tema no hubiera alcanzado mayor dimensión si no se tratara de un agente al servicio de la seguridad público.
En cualquier caso, los hechos se remontan a esos días prenavideños. El grupo de policías al que está destinado el citado inspector celebraba una comida previa a la Navidad, como tantas otras. Tras la culinaria reunión de compañeros de trabajo, el inspector ahora sancionado cogió su vehículo (algunas fuentes aseguran que se trataba del vehículo de camuflaje, y otras que el suyo particular) tras acompañar el menú con alcohol. Una vez en el centro de la capital riojana, el inspector se fue contra otro vehículo al que llegó a rozar, siempre en base al testimonio trasladado por fuentes judiciales. Tras el pequeño impacto, agentes de la Policía Local procedieron a realizarle la prueba de alcoholemia en la que arrojó una tasa de 0,96, siempre en base a las mismas fuentes. Los hechos fueron trasladados al Juzgado de Guardia quien en escasos días citó al inspector para la celebración de un juicio rápido, como suele ocurrir en casos de alcoholemia al volante.
De esta forma, y ya en sede judicial, el procedimiento legal se desarrolló con conformidad del inspector de Policía Nacional quien aceptó la retirada del permiso de conducir durante un año y el pago de la correspondiente multa superior a los mil euros.
Si bien El Día de La Rioja no ha podido confirmar este supuesto, hay que tener en cuenta que una tasa superior a 0,60 se considera ya un delito penal y por lo tanto, se incluye en la decisión judicial una pena de tres a seis meses de prisión. Un supuesto que no ha podido ser confirmado por este medio.
También deberá responder ante expediente de la Jefatura Superior
Todo lo anterior se circunscribe exclusivamente al ámbito judicial. Pero no termina ahí la imprudencia del inspector de Policía Nacional. La Jefatura Superior ha abierto un expediente con el objetivo de aplicar su Régimen Disciplinario. Todavía es pronto para conocer el alcance de la sanción de la Jefatura si bien, la Ley que regula las faltas y sanciones del Cuerpo Nacional de Policía considera este tipo de cuestiones como «graves».
Recoge textualmente el hecho como «embriagarse o consumir drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas fuera del servicio». Eso sí, el apartado tiene en cuenta la habitualidad de los hechos. En cualquier caso, la Jefatura mantiene abierto el expediente a falta de su estudio y de la sanción que se establezca, que según la Normativa vigente, que en el caso de las faltas de carácter grave, incluye «la suspensión de funciones por un periodo de cinco a días a tres meses».