Hace unos meses unas largas colas de jubilados que intentaban acceder a la Agencia Tributaria sembraban la sorpresa entre los viandantes de la céntrica calle logroñesa. Eran solo un puñado de los, aproximadamente, 4,8 millones de personas que, según los cálculos de Gestha, el sindicato de los técnicos del Ministerio de Hacienda, tienen derecho a devoluciones de IRPF por sus aportaciones a las antiguas mutualidades que no pudieron deducirse en su momento del impuesto de la renta.
De ellos, de acuerdo a la misma fuente, serían unos 40.000 jubilados riojanos, o bien los herederos de quienes fallecieron entre 2019 y 2023, los que podrán recibir hasta una suma global de 16 millones de euros, teniendo en cuenta que se estima que los antiguos mutualistas podrán percibir hasta 4.000 euros, aunque se prevé que la media será menor.
¿Por qué? Esta devolución, que Hacienda ha facilitado en el borrador de la declaración del IRPFde este año, obedece a una sentencia del Tribunal Supremo de 2023, que dio la razón a un antiguo trabajador de banca, al que reconoció el derecho a disfrutar de una reducción fiscal del 100% por lo cotizado hasta el 31 de diciembre de 1966 y de un 25% por lo cotizado entre el 1 de enero de 1967, año de la creación de la Seguridad Social, y el 31 de diciembre de 1978, cuando las mutuas de integraron en el citado régimen.
Esta reducción fiscal debe aplicarse sobre la cuantía de la pensión de los jubilados mutualistas de forma proporcional a lo que supuso ese periodo de doble cotización en el conjunto de su vida laboral. La explicación es que estuvieron tributando dos veces por lo mismo: por sus cuotas a las mutualidades y a la Seguridad Social.
Todos los mutualistas. ¿A quién beneficia? Esta medida afecta a quienes desde 2019, último año no prescrito, hasta 2023, esto es, cuatro años, percibieron pensiones de jubilación de la Seguridad Social, el Instituto Social de la Marina, pensiones complementarias o clases pasivas y los complementos a la pensión principal que perciben algunos funcionarios pagados por fondos especiales de entidades públicas. El efecto de la sentencia del Tribunal Supremo sobre mutualistas se extiende a varios sectores económicos de la España de los 60 y los 70 que estaban sujetos a mutualidades; además de la banca, eléctricas, el comercio, la metalurgia, los astilleros, la pesca y la construcción.
Sin embargo, esta medida no es aplicable a las aportaciones a mutualidades laborales de autónomos que ya fueron deducibles en su momento, a los funcionarios públicos si solo han estado incluidos durante toda su vida laboral en el régimen de clases pasivas, a las pensiones de viudedad y a las no contributivas.
Sin fecha. La Agencia Tributaria publicó el 1 de julio una guía de preguntas frecuentes sobre las solicitudes de devolución para mutualistas, en las que explica quién puede beneficiarse y quién no, o cómo ha de tramitarse la petición, que puede realizarse a través del formulario en la sede electrónica que Agencia Tributaria para el periodo 2020 a 2023, año en el que ha habido que presentar la declaración de la renta. Constata que el periodo de solicitud no tiene una fecha límite porque explica que el formulario de solicitud se podrá presentar desde su publicación en sede electrónica y será de aplicación para aquellos años de IRPF que no estén prescritos. De igual manera que se puede modificar el formulario una vez presentado, los pensionistas que no estén de acuerdo con la resolución de Hacienda podrán reclamar y tendrán además derecho a intereses de demora. Si se devuelve lo ingresado en la declaración de IRPF, los intereses se calcularán desde la fecha del ingreso. Si se devuelven las retenciones u otros pagos a cuenta deducidos en la declaración de IRPF, se abonarán intereses si han transcurrido más de 6 meses desde la presentación del formulario de la solicitud.